Gracias o A2A,
Es un principio de derecho bien establecido que todo aquel que afirma un hecho determinado debe probarlo. Eso significa que la carga de la prueba en los casos penales está en la fiscalía. La fiscalía debe probar que el acusado cometió el delito y lo hizo intencionalmente. La fiscalía debe probar el caso más allá de toda duda razonable y el beneficio de la duda va al acusado. Este principio de derecho tiene su raíz en los principios básicos de la jurisprudencia penal moderna que establece que ningún inocente debe ser castigado.
En la Ley Criminal de la India, el principio establecido anteriormente significa que la fiscalía debe probar sin duda razonable que (a) cierto acto fue cometido por el acusado y (b) se hizo intencionalmente.
No hay excepción a las dos reglas anteriores en 498-A.
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Solo en el caso que involucre la muerte de una mujer casada en un plazo de siete años, ya sea por suicidio o en caso de muerte en las circunstancias normales en que se ha previsto una salida en el Sistema Penal de la India.
(En 304-B, que se ocupa de la muerte por dote y 306, que es un estímulo para el suicidio de una mujer casada, la Ley de Evidencia de la India ha proporcionado la salida. La fiscalía todavía tiene que establecer el cierto acto más allá de toda duda razonable y el tribunal puede presumir que dicho acto se realizó con la intención requerida. Solo después de que se demuestre que el acto está más allá de toda duda razonable, la carga del acusado se desplaza para demostrar que no tiene intención. Las secciones 113-A y 113-B se agregaron a la Ley de evidencia india para tales actos. excepciones.)
Por lo tanto, la próxima vez que su abogado, oficial de policía o cualquier otra persona le diga qué pruebas tiene de que no se hizo tal acto en la denuncia. Simplemente sonría y diga: “Por supuesto, tengo las pruebas necesarias, que no quiero revelar en este momento, que primero lo demuestre”. La analogía: A abofeteada B, puede haber una prueba. A no abofeteó a B, ¿qué prueba puede haber allí?
Por lo tanto, incluso a costa de la repetición, se afirma, una prueba solo puede existir de la existencia de un hecho determinado. No se necesitan pruebas de la inexistencia de un hecho determinado.
Espero que te aclare tus dudas.
Saludos,
Shonee Kapoor
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