Primero, la broma mala … justa es a dónde vas para conseguir perros de maíz y montar la noria. La justicia es lo que el juez dice que es.
Ahora a las diferencias reales.
En el sentido más amplio, la imparcialidad es una posición en la que todas las partes reciben un trato similar igual o mensurable. La equidad se aplica bien a los deportes, especialmente algo como una carrera a pie. Mientras todas las partes comiencen con las mismas ventajas, el final de la carrera debe ser justo. Otorgue una ventaja a una u otra parte, o cambie el resultado con fuerzas externas, y tendrá una competencia injusta.
Por otro lado, la justicia es la aplicación de la ley dentro de los requisitos y restricciones de la ley. En general, estamos hablando de la aplicación del derecho sustantivo (esa ley que controla nuestra conducta) a través del derecho procesal (la ley que permite la administración de justicia).
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Sin embargo, hay mucho más que eso.
En muchos aspectos, encontraremos que la imparcialidad es un estándar subjetivo, aplicado por las partes o sus partidarios para medir el resultado de un evento. Tomemos a dos compañeros de trabajo que acepten comprar boletos de lotería juntos, incluso sin un acuerdo formal en cuanto a la división, podríamos argumentar que justo es cuando cada uno recibe una parte igual de las ganancias. El objetivo es dar a cada parte aquello a lo que podría tener derecho, pero eso no siempre significa igual.
La justicia, por otro lado, es más objetiva en la medición y análisis del resultado. En el derecho penal, el castigo que pretendemos debe encajar con el delito, por lo tanto, tendríamos a una persona que recibe solo el castigo que se alinea con el acto criminal. Podemos medir esa multa o encarcelamiento, y con una medición objetiva, podemos definir más fácilmente el nivel de éxito.
Aquí es donde nuestro primer problema real de equidad / justicia llega a un punto crítico. Al determinar la imparcialidad de un crimen, ¿consideramos solo el castigo o consideramos el daño real a la víctima? En nuestro sistema, rara vez nos enfocamos verdaderamente en hacer que una víctima sea completa o en brindar algún nivel de alivio. En cambio, la atención se centra en la administración de justicia, que generalmente se hace para prevenir o desalentar futuros actos delictivos. El sistema de justicia tradicionalmente se enfoca en proteger a la sociedad, no en aliviar a la víctima.
Como tal, podríamos decir claramente que una condena y un castigo posterior nunca son justos para la víctima. ¿Son suficientes 10 años de prisión para que la víctima de una violación se sienta completa de nuevo? Probablemente no, pero si lo hacemos “justo” con la víctima, estamos creando un sistema de retribución en lugar de justicia.
Los comentarios finales que haré tienen que ver con los aspectos teóricos y no prácticos de la pregunta justa / justa. Clásicamente, la justicia se contaba como una de las cuatro virtudes cardinales (y algunas veces como la más importante de las cuatro); en los tiempos modernos, John Rawls lo describió como “la primera virtud de las instituciones sociales” (Rawls 1971, p.3; Rawls, 1999, p.3). Claramente, desde este enfoque, vemos que la justicia consiste en crear un entorno beneficioso para el colectivo, no simplemente para el individuo.
Por supuesto, hay mucho más en los aspectos teóricos y aplicados de estos dos términos de los que tenemos espacio para discutir. Puede encontrar algunas explicaciones muy buenas de la justicia, el lado teórico, en la Enciclopedia de Filosofía de Stanford (https://plato.stanford.edu/entri…).
Mientras que echa un vistazo a la sección sobre John Rawls, encontrará interesante su tratamiento de la imparcialidad. https://plato.stanford.edu/entri…